El
martes 19 de enero de 2009 el concejal Hector Adan Gomez visito
el programa Despierta Rodriguez en el marco de la investigacion
sobre la administracion del intendente Marcelo Coronel.
El
Dr. Gomez, como integrante de la Comision Investigadora, explico
los alcances y contenidos del dictamen conocidos el dia anterior
y que fuera enviado al Departamento Ejecutivo.
Tambien
se refirio a ciertas cuestiones puntuales y a la continuidad del
proceso iniciado y las probabilidades de su culminacion
BALANCE
DEL TRABAJO DE LA COMISION
El
Dr. Hector Gomez se mostro conforme con el texto final del dictamen
y su elaboracion a pesar de la escasa respuesta del Departamento
Ejecutivo que, a juicio de Gomez, envio informacion "parcializada
y fragmentada, algo cometido adrede" y en algunos casos hasta
incluyo comentarios hasta ironicos por parte del asesor legal, algo
que, en forma particular, me molesta y molesto en su momento por
la falta de respeto institucional que debe existir entre dos organos,
el Ejecutivo y Legislativo que forman parte de un mismo sistema
municipal... creo que a traves de estas respuestas se subestima
al Concejo Deliberante, se lo minimiza y se lo menoscaba y a mi
esas actitudes no me gustan.
Y no me gustan porque yo no lo haria con el Departamento Ejecutivo,
mas alla de tener intereses contrapuestos en estas circunstancias,
ya que debe primar el respeto institucional"
Gomez
enfatiza no solo la falta de respeto hacia la Comision, sino tambien
"al procedimiento en marcha y esto revela la falta de comprension
de la gravedad de la situacion por la que esta atravesando General
Rodriguez.
Gravedad
que es el resultado de una gestion que no tuvo ni timon ni rumbo.
Una gestion que se movio en forma autoritaria y despotica y que
consideraba al H.C.Deliberante como un mero apendice del Ejecutivo,
con una mayoria automatica perjudicial al sistema, porque amparado
en esa mayoria el intendente cree que puede hacer cualquier cosa,
que se puede aprobar cualquier cosa, que no se debe cumplir con
ningun marco normativo y que, en lugar de constituirse en un intendente
de un gobierno democratico se cree que es un rey que puede gobernar
en forma arbitraria.
Es
dable destacar la forma de trabajo, seria y otorgando garantias
procesales para que pudiera suministrar informacion necesaria como
para dilucidar la verdad de los hechos
Aca
y en esta etapa no se trata de determinar culpabilidades o inocencias,
sino constatar que determinados hechos sucedieron de determinada
forma y en la que presumiamos
Aca
-respecto los integrantes de la Comision- no hago distincion entre
oficialismo u oposicion, creo que todos estuvieron a la altura de
las circunstancias respecto la dedicacion, asistencia y reuniones
y del cumulo de garantias que estuvieron presentes en esta etapa
del proceso de investigacion, previsto en el Art. 249 de la Ley
Organica de Municipalidades y esto, considero, reivindica la seriedad
que debe recuperar el Concejo Deliberante en funcion de trabajar
con seriedad, sin tomarse vacaciones."
El
Dr. Gomez se refiere al trabajo de la Comision
"Es
una gestion que llega a su fin, que se esta acabando...
Es
un proceso que se inicio con Di Landro, Coronel fue la continuidad
de un proceso que esta dando, a mi modesto entender, los ultimos
estertores de vida
Cuando
se rompen los limites de un sistema, ese mismo sistema los elimina
y genera los anticuerpos como para poder arrancar con algo nuevo,
en un proceso superador. Tengo la impresion de que este sistema
que se inicio hace casi veinte años esta cumpliendo sus ultimos
momentos de vida.
A
nivel nacional, si bien el proceso es distinto, tambien esta ocurriendo
El
desprestigio lamentable en que ha caido el gobierno nacional, va
de la mano del desprestigio en el orden local.
Las gestiones municipales que podriamos poner como ejemplo subsistieron
y salvaron las elecciones; las que no, las que siguieron con la
linea nacional terminaron su ciclo, como en General Rodriguez y
esto revela la inteligencia de la gente..."
El
Dr. Gomez explica la naturaleza de los decretos ad referendum
y las razones de su inclusion en el dictamen
Decretos
ad referendum
El
punto 13º del dictamen esta referido a varios decretos «ad
referendum» que no han sido aprobados en tiempo y forma en
el seno del H.C.Deliberante.
El
Dr. Hector Gomez explica la naturaleza de estos decretos:
"Ad
referendum significa que firmado por el intendente, debe pasar por
el Concejo Deliberante, ya que si no se cumple esta etapa, el decreto
no tiene efecto
se
ha abusado, tanto en el orden nacional con los decretos de Necesidad
y Urgencia como con este tipo de decretos, en forma indiscriminada
El
intendente tenia la costumbre de firmarlos durante todo el año
y presentarlos a fin de año
entonces muchas veces se desconocia -por ejemplo- que se habia firmado
un convenio con determinado ente en marzo y era remitido en noviembre
Estos
decretos significan reemplazar el ejercicio legislativo; es decir
el intendente se arrogo funciones legislativas, algo muy grave
Son
decretos del 2008, ni siquiera los presento a fin de ese mismo año
y si al fin del año siguiente: estamos hablando de decretos
que llevan mas de un año y medio de firmados
Esto
no resiste el menor analisis
el hecho de arrogarse estas funciones, implica una clara intromision
del intendente en las funciones del Concejo Deliberante, demostrando
el desprecio y la supremacia de un poder sobre otro.
Podria
llegarse a demorar su envio al H.C.Deliberante cuando, por ejemplo,
hubiere una circunstancia necesaria y este Cuerpo estuviera en receso,
pero deben ser enviados en la primera sesion ordinaria.
Es
decir, aca no caben "errores"; de ninguna manera se justifica
la demora. El error no es eximente de responsabilidad y nadie puede
invocar su propia torpeza"
La
incorporacion a la planta de personal de agentes que superaban
la edad permitida y el robo del legajo del intendente
INCORPORACION
DE PERSONAL QUE SUPERA LA EDAD PERMITIDA; EL ROBO DEL LEGAJO DEL
INTENDENTE Y LAS INSOLITAS ACUSACIONES DE ROLDAN
El
Dr. Gomez tambien se refirio a una serie de donaciones efectuadas
por un hipermercado de reciente instalacion en la localidad que
habria donado determinados productos al Municipio y de los que aun
no se obtuvo respuesta.
Este tipo de donaciones que estan permitidas, deben ser aceptadas
por el Concejo Deliberante.
Gomez
señala que "La investigacion continuara, faltan muchisimos
datos, este dictamen es una etapa preliminar"
En
otro orden, el punto 16º del dictamen esta referido a la designacion
de Maria Cristina Otero en la planta municipal; e incluida en el
dictamen porque constituye una designacion fuera del marco normativo
legal de un agente de mas de cincuenta años de edad, concretada
en virtud del Decreto 1.618/09 con fecha 1 de octubre de 2009.
La
confirmacion de la presuncion adquirio certeza plena cuando al ser
enviado el listado de personal designado durante el ultimo semestre,
se constato esta irregular designacion.
Pero
al advertir, la propia administracion municipal la irregularidad
cometida por ellos mismos emitieron otro decreto dandole inmediatamente
de baja, lo que agrava aun la conducta, señala Gomez.
Es
inadmisible, considera el concejal, que con cerca de cinco años
de contratada y ejerciendo cargos politicos se desconociera este
dato.
"Implica
que existia un legajo: alli no hay error, hay mala fe, una ex profesa
violacion de las normas. La actitud es entonces: yo designo a quien
sea sin rendir cuentas a nadie".
Otro
de los puntos mas llamativos lo constituye la desaparicion del legajo
del intendente Marcelo Coronel, tema vinculado al cuestionado titulo
universitario.
El
legajo fue requerido durante los primeros dias de diciembre, cuando,
como toda respuesta les fue informado que el mismo habia sido robado.
En
un escrito enviado a la Comision Investigadora, el Dr. Raul Roldan,
secretario de Legal y Tecnica formulo "lucubraciones"
con insolitas respuestas; en pocas palabras, involucro al mismo
Concejo en su desaparicion ya que era "suspicaz" que desapareciera
en el marco de la invstigacion; tambien acuso a la Justicia, dando
a entender que podria haber sido robado por agentes judiciales en
el marco de los allanamientos llevados a cabo en el Municipio por
las investigaciones del trafico de efedrina (agosto de 2008) y por
fin, Roldan echo un manto de sospecha sobre las fuerzas de seguridad
que habian participado de estos allanamientos.
"Jamas
asumieron la cuota de responsabilidad que tuvieron al haberlo extraviado"
enfatiza Gomez, "Con estas actitudes subestiman la inteligencia
de quien esta haciendo un requerimiento"
En
lugar de brindar una respuesta razonable y escueta, informando la
desparicion y haciendo la correspondiente denuncia -manifiesta Gomez-
se hacen juicios de valor y apreciaciones
Continuidad
y plazos del proceso de investigacion
DE
COMO CONTINUA EL PROCESO
Emitido
el dictamen y enviado al intendente, este dispone de 10 dias para
contestar.
Entonces el expediente vuelve a la Comision y en el termino de 15
dias como maximo la Comision evaluara las respuestas del intendente
y las pruebas ofrecidas; luego de lo cual emitira otro dictamen,
esta vez, sobre su conducta, el que sera elevado a la presidencia
del Concejo solicitando la convocatoria a una sesion especial, durante
la cual podra tomarse como medida maxima, la suspension del intendente
por el termino de 90 dias con los dos tercios del total (11 como
minimo).
La
investigacion continua y asume entonces el primer concejal de la
lista que le sigue a Coronel, Juan P. Anghileri.
Pasados
los 90 dias, si el Concejo no emite un dictamen, automaticamente
el intendente es repuesto en funciones.
Durante
estos 90 dias el Concejo decide si destituye al intendente, evaluando
elementos probatorios para ratificar la suspension preventiva y
convertirla en una destitucion.
A tal efecto se lo comunica a la presidencia, la que convoca a otra
sesion especial
la que es notificada con 8 dias de anticipacion al intendente, quien
puede concurrir acompañado de un asesor letrado, secretario
o algun funcionario.
Cita
tambien a los concejales y se lleva a cabo la sesion que puede concluir
con la destitucion definitiva del intendente; aca culmina la etapa
administrativa del organo deliberativo.
El
intendente entonces tiene un plazo de 5 dias para acudir ante la
Suprema Corte y plantear lo que se denomina "conflicto de poderes".
La
corte puede restituir al intendente, en el caso de la destitucion;
pero nunca en el caso de la suspension, porque lo decidido por el
Concejo causa ejecutoria.
Si
lo restituye, tiene un plazo de 30 o 60 dias -segun haya o no sustanciacion
de la causa-
para expedirse sobre la cuestion de fondo.
Generalmente
la corte no se expide sobre la cuestion de fondo ni sobre los motivos;
ya que los considera pertenecientes a la esfera propia del legislativo.
La
corte fundamentalkmente hace hincapie es en los aspectos formales,
es decir que se hayan cumplimentado ciertas garantias como ser el
principio de defensa en juicio, que se hayan efectuado los traslados
pertinentes, las vistas del expediente y el respeto del cumplimiento
de los plazos, entre otras cuestiones.
La
Corte puede confirmar entonces la resolucion del deliberante, o,
si considera que se han violado garantias lo puede restituir.