PROCESO
DE DESTITUCION
El concejal electo por la UCR, Dr. Hector A. Gomez fijo su posicion
respecto la comision investigadora
El
lunes 26 de octubre Rodolfo Belloli, conductor del programa Despierta
Rodriguez dialogo con el Dr. Hector A. Gomez, concejal electo por
la UCR quien describio el procedimiento de destitucion de un intendente.
Como
se recordara, durante la sesion del jueves del 22 de octubre el
bloque oficialista aprobo sobre tablas la introduccion de un pedido
de conformacion de una comision investigadora tendiente a detectar
posibles irregularidades cometidas durante el sorteo de las 2000
viviendas pertenecientes al Plan Federal de Viviendas.
Al
respecto, el Dr. Gomez señalo que "Todo lo que sea para
transparentar la funcion publica es bienvenido; el sorteo efectuado
deja un marco de sospecha que se debe aclarar si esto se hace a
traves de un pedido de informes o una comision investigadora, mientras
el procedimiento arroje resultados esclarecedores, bienvenidos sean".
Respecto
la actitud que asumiria el concejal electo por la UCR Hector Gomez,
quien ademas ocupa el cargo de presidente del Comite Jose Trueba,
manifesto que "Indudablemente, no apoyar cualquier resultado
que revele irregularidades que se hubieran cometido desde el Ejecutivo
implicaria ser complices de ellas, de un posible delito. El sentido
comun, nos indica que todo lo que conduzca a esclarecer la legalidad
de los actos de gobierno debe ser apoyado y si la investigacion
arroja resultados que no son los procedimientos que se debieron
haber seguido, esto hay que seguirlo hasta las ultimas consecuencias
desde el punto de vista politico y desde el punto de vista judicial".
PROCESO
DE DESTITUCION DE UN INTENDENTE
Una
vez conformada la comision investigadora que reuna hechos y denuncias
puntuales; se le otorga 90 dias para fijar un resultado de esta
investigacion; en ella estan representados todos los bloques del
Deliberativo, en cuyo recinto es presentado el informe final.
Durante
el periodo de investigacion, de acuerdo a los usos y costumbres,
se suspende al intendente preventivamente a los efectos que no pueda
obstruir la investacion
Si
la comision considera que el intendente puede obstruir o no colaborar
y hay elementos suficientes, prima facie, para que arroje un resultado
que no seria favorable al Ejecutivo; esta comision tiene la facultad
de suspenderlo en el ejercicio de su funcion hasta la presentacion
del informe en el Deliberativo, donde se vota y, de mediar los dos
tercios, se lo destituye.
Si
la comision considera que el intendente ha procedido conforme a
derecho, se lo restituye en el cargo.
Deben
diferenciarse dos posibilidades.
Si
el intendente renuncia antes del 10 de diciembre del 2009, y esta
es aceptada, lo continua en el ejercicio del cargo, el primer concejal
de la lista quien, en el plazo de 90 dias debe convocar a elecciones.
Si renunciara despues del 10 de diciembre y esta es aceptada, Juan
P. Anghileri completaria el mandato de Coronel.
En
el caso de la renuncia, la oposicion jugara un papel importante
en aceptarcela o no.
En
el caso de destitucion, si esta se produce antes del 10 de diciembre
de 2010, se convoca a elecciones en 90 dias; si es posterior al
10 de diciembre del mismo año, Anghileri completaria el mandato.
El
concejal electo por la UCR, Dr. Hecto A. Gomez explica el
procedimiento de destitucion