ESCANDALOSO
CONVENIO
El borrador de un convenio con el Dr. Santiago Ferro fue rechazado
por unanimidad en el H. Concejo Deliberante
El
jueves 24 de septiembre se reunio el H. C. Deliberante con el fin
de tratar entre otros temas un borrador de un convenio al que se
habria llegado con el Dr. Santiago Ferro quien querello al municipio
como consecuencia de su destitucion como concejal en 1996.
En
la causa 5103 que se lleva adelante en el Tribunal Contencioso Administrativo
de la ciudad de Mercedes, y en la cual el Dr. Ferro exige un resarcimiento
economico por la suma de cinco millones de pesos.
En
el mes de mayo Accion reflejaba en su sitio en internet la homologacion
de un convenio que condenaba a nuestro municipio al pago extrajudicial
de un millon ochocientos mil pesos.
Historia
de un acto ilegal y en camino a una "causa grave" del
intendente.
En octubre del 2008 ambas partes anuncian estar llegando a una conciliacion,
algo que la Ley Organica de Municipalidades prohibe taxativamente,
en el acta sumada al expediente consta:
"En
Mercedes, a los 23 días del mes de octubre de 2008, y siendo
las 11:30 horas, a los fines de celebrar la audiencia fijada para
el día de la fecha en los autos caratulados “Ferro,
Santiago M. c/ Municipalidad de General Rodriguez s/ Pretension
Indemnizatoria”, la que ha sido fijada a los fines previstos
a fs.215, comparece por una parte el Dr. Ismael Ricardo Del Olmo,
y por la demandada el Dr. Roberto Eduardo Hygonenq. Abierto el acto
por SS, ambas partes expresan que se encuentran en forma extrajudicial,
en tratativas para arribar a un acuerdo conciliatorio. Atento a
ello, y en virtud de requerir aquellas un tiempo mas para poder
concretar el mismo, manifiestan a S.S. que tan pronto lo efectivizen
lo acompañaran a la causa, a sus efectos. No siendo para
más se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes.
Doy Fe."
Lo
que se comenzaba a plasmar era un acto ilegal que pone en riesgo
la permanencia de Marcelo Coronel en su cargo. La Ley expresa en
su art. 119 dice:
"Artículo 119.- (Texto según Decreto-Ley 8.851/1977)
El Departamento Ejecutivo podrá realizar gastos aún
cuando el concepto de ellos no esté previsto en el presupuesto
general o excedan el monto de las partidas autorizadas, solamente
en los siguientes casos:
a) Para el cumplimiento de sentencias judiciales firmes."
Como
lo publicamos en aquella oportunidad un convenio fue homologado
y asi lo comentabamos en un articulo publicado el lunes
18 de mayo de 2009 que reproducimos mas abajo.
El
jueves 24 de septiembre de 2009, se trato en el Concejo Deliberante
el borrador de otro convenio que establece el pago a Santiago Ferro
de quince cuotas de setenta y dos mil pesos y en el mismo el Dr.
Ferro se compromete a renunciar a las acciones legales contra la
empresa Mastellone Hnos en una causa iniciada luego de la venta,
por parte del municipio, de calles a la empresa lactea.
Este
borrador es diferente al convenio homologado ante el Tribunal Contencioso
Administrativo que lleva adelante el Sr. Juez Luis Oscar Laserna,
donde el 14 de abril del corriente año se firmo un acuerdo
de conciliación en el que el municipio aceptó pagarle
al Dr. Santiago Ferro la suma de $1.800.000- (Un millon Ochocientos
mil pesos) en veinte cuotas iguales y consecutivas de $90.000- cada
una.
Ese
convenio fue firmado por el Sr. Intendente Marcelo Coronel y "lo
pone al borde de la cornisa", nos confio una fuente especializada
en Derecho Administrativo. Si ademas de haberlo firmado el intendente,
se le pago a Ferro, alguna de las cuotas que establecia el mismo...
"todos estan en el horno" y si se tiene en cuenta que
para la aprobacion de este convenio por el H. C. Deliberante, el
reglamento interno exige votacion nominal, ¿Ud. que cree?,
nos dijo el especialista, ¿cuantos de esos concejales estarian
dispuestos a arriesgar su patrimonio personal?.
De
esta forma puesto a consideracion del Cuerpo, el convenio fue "aprobado
el rechazo" (SIC)
Alejandro
Krewski anticipa el voto "no positivo" del oficialismo
Palabras
de Carlos Demaria, Griselda Saisi, Sergio Maffia. La votacion
unanime del Cuerpo
FLOR
DE ACUERDO
LA MUNICIPALIDAD ARREGLO CON EL DR. FERRO EN $1.800.000
Es la cifra que deberemos pagar los contribuyentes luego que el
ex concejal fuera destituido por el Concejo Deliberante en 1996,
con el voto de los concejales que respondían a Oscar Di Landro.
En
1996 y a poco tiempo de asumir el Dr. Santiago Ferro comenzó
a tener conversaciones con Hugo Ubellart, por entonces un archienemigo
del intendente Di Landro. Ante la posibilidad que su “delfín”
se pasara al bando contrario, se llego a destituir a Ferro cuando
se desempeñaba como Concejal, por un sumario iniciado varios
meses después de haber dejado la gestion como Secretario
de Salud y Accion Social.
Luego de un trámite bastante engorroso e irregular, los concejales
del oficialismo, basandose en dos decretos firmados por el Prof.
Di Landro, destituyeron al medico pediatra.
Poco
tiempo después se supo que este había entablado acciones
legales en contra del municipio.
Ferro
inicio una causa en la que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia
de Buenos Aires se expidio declarando nulos los decretos firmados
por Di Landro y fijando una indemnización de $35.000, sin
que el desplazado edil pudiera reintegrarse a sus funciones pues
para entonces su mandato habia finalizado.
A
partir de allí se fueron realizando diversas ampliaciones
a la demanda en la que se fueron agregando reconocimiento de sueldos
caídos, daños psiquicos y morales, etc., etc., cuando
en el 2005 se le dio traslado al municipio, el monto solicitado
ascendia a $5.000.000.-
Durante
el año pasado se supo que se había dispuesto una audiencia
de conciliación, cuando Accion, lo publico, el Dr. Hygonenq
lo desmintio de manera tajante a traves del Semanario La Hoja.
Ahora se conoce lo que se trato de ocultar a la opinión publica
en su momento y gracias a que el Sr. Juez Luis Oscar Laserna no
hiciera a lugar al pedido de las partes solicitando reserva de las
actuaciones, esto salio a la luz.
En
el expediente 5.103 se procedío a regular los honorarios
del Dr. Ismael Ricardo Del Olmo en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA
Y CUATRO MIL ($ 144.000,00) (arts.10, 15, 16, 21,25 ,44 ,51 y cctes.
Dec.ley 8904/77) cantidad a la que se deberá adicionar el
10% en concepto de aportes previsionales (ley 6716 y sus modificatorias);
y por así haberlo solicitado, sin que ello implique expedirse
sobre la procedencia de su cobro conforme lo pactado en el acuerdo
allegado (conf. C.S.J.N., fallos:310:2,134; 235:156; 308:1.916),
regulo los honorarios del Dr. Roberto Eduardo Hygonenq en la suma
de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 144.000,00) (arts.10, 15,
16, 21,25 ,44 ,51 y cctes. Dec.ley 8904/77) cantidad a la que, de
corresponder, se deberá adicionar el 10% en concepto de aportes
previsionales (ley 6716 y sus modificatorias).
En
el expediente consta que el 14 de abril del corriente año
se firmo un acuerdo de conciliación en el que el municipio
aceptó pagarle al Dr. Santiago Ferro la suma de $1.800.000-
(Un millon Ochocientos mil pesos) en veinte cuotas iguales y consecutivas
de $90.000- cada una. Debiéndose pagar la primera a partir
del 10 de mayo del corriente. “Siempre y cuando esten las
partidas” dice el acuerdo.
En
otro de los puntos del acuerdo firmado por el intendente Marcelo
Coronel con el patrocinio del Dr. Roberto E. Hygonenq estipula que
cada parte se hara cargo de los honorarios de los abogados.
Tambien
prevee una clausula de ajuste previendo los vaivenes economicos
de nuestro pais para lo que establece que el mismo no podra ser
inferior a la Tasa pasiva y tampoco superior a la Tasa activa, ambas
del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
En
otro de los puntos el Dr. Santiago Ferro desiste de toda accion
y reclamos contra la municipalidad de General Rodríguez y
el H. Concejo Deliberante. Aunque queda liberado para continuar
con las acciones legales contra terceros demandados.
El
acuerdo de conciliación fue ingresado al expediente para
su homologación el 29 de abril de 2009 y al 18 de mayo aun
esperaba este punto final.
Tampoco
se sabe a la fecha si el Dr. Santiago Ferro cobro la primer cuota
del convenio y si fueron creadas las partidas. Tampoco se sabe como
es costumbre en este municipio, el texto del decreto respectivo,
ni si sera elevado para convalidar al H. Concejo Deliberante o si
se han estado haciendo las reservas como debe estar haciendose para
el momento en que se concilie o falle en la causa iniciada por la
Dra. Griselda Saissi, quien fuera echada por Oscar Di Landro cuando
detentaba el puesto de Jueza Municipal de Faltas, cargo que habia
ganado por concurso y que el intendente no estaba facultado para
desafectarla como lo hizo.
Recordemos
finalmente que en la epoca en que esto sucedia varios personajes
de esta administración ya hacian de las suyas junto a Oscar
Di Landro. En esos viejos buenos tiempos estaban el Dr. Hygonenq,
la Dra. Marta Baldo, Victor Di Giovanni, Elena Cordone, el Dr. Raul
Roldan, Humberto Ghibaud, Luis Maria del Carre y fundamentalmente
quien fuera y es su heredero: Marcelo Coronel